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22 de septiembre de 2015

Tras aprobación de agenda corta, Gobernador asegura que «Este Gobierno se está preocupando eficazmente de la delincuencia”

Tras la aprobación por parte de la Cámara de Diputados del proyecto de ley conocido como agenda corta antidelincuencia, despachada ya al Senado para su segundo trámite legislativo, el gobernador de Osorno Gustavo Salvo, dijo que esta iniciativa deja de manifiesto que este Gobierno sí está realizando medidas concretas que permitirán disminuir en gran medida la delincuencia en este país.

 

“Esta iniciativa, que contempla además un control preventivo de identidad por parte de las policías, busca también hacer efectiva la aplicación de las penas para los delitos de robo, hurto y receptación y aumenta las sanciones para quienes atenten contra Carabineros, Pdi y gendarmes”, explicó Salvo.

 

El gobernador de Osorno, agregó que en lo referente a delitos de robo y hurto no se considerarán las atenuantes que permiten una rebaja en la condena, incluyendo los delitos como la apropiación de las cosas muebles ajenas contra la voluntad de su dueño; el robo con violencia o intimidación en las personas; el robo con fuerza en las cosas; el hurto; el abigeato; y el hurto y robo con agravantes

 

“Los jueces tendrán que someterse a esto porque será ley de la república, terminar con la delincuencia, el asalto a las personas a las casas, el robo con intimidación y violencia, al robo de vehículos, de animales ya que si bien la mesa anti abigeato funciona como corresponde, los delincuentes aún no han escarmentado. Esta agenda Corta es una noticias bastante positiva y muy importante en estas materias”, manifestó la máxima autoridad provincial.

 

Concluyó el Gobernador Gustavo Salvo precisando que materia de receptación, se impondrá el grado máximo de la pena establecida en el Código Penal. Además, el juez la podrá aumentar en un grado, si es que el delito es cometido por una agrupación u organización que se califique como tal.

 

El proyecto dispone además que el Ministerio Público, Carabineros, la Policía de Investigaciones, Gendarmería y el Poder Judicial intercambien los datos personales de los imputados y condenados, siendo la Fiscalía el organismo que se encargará de la administración del banco de datos.

 

CONTENIDO DEL PROYECTO 

  • Modificaciones al Código Penal: a través de este proyecto:
    • Se restringe el efecto de la aplicación de atenuantes en delitos contra la propiedad. Lo que se busca es que se apliquen por parte de los jueces las penas que están establecidas en la ley, limitando la rebaja de penas.
    • En el caso de los reincidentes en estos delitos, se aumenta la pena aplicable.
    • Se aumentan las penas para los casos en que actúan grupos u organizaciones detrás de receptaciones cuantiosas.

 

  • Modificaciones al Decreto Ley N° 321, sobre libertad condicional: Norma de 1925 que instaura el beneficio de Libertad Condicional a los condenados. A través del actual proyecto se propone que:
    • Los condenados por delitos de robo (con fuerza, por sorpresa, con violencia o de cajeros automáticos) sólo puedan solicitar libertad condicional una vez cumplidos 2/3 de su pena.

 

  • Modificaciones a la ley N° 18.216 sobre penas sustitutivas y otros cuerpos legales: esta norma, creada en 1983, permite al juez aplicar penas sustitutivas a las penas restrictivas o privativas de libertad. En el proyecto de ley:
  • Se establece que todas las penas impuestas a un condenado deberán sumarse y con este resultado apreciar si se aplica esta Ley. No se aplicarán beneficios por penas consideradas aisladamente.
  • Para optar a los beneficios de esta ley, será obligatoria la toma de muestras biológicas para establecer la huella genética de los condenados en aquellos robos más violentos.
  • Se restringe la pena sustitutiva de reclusión parcial en el caso de condenados a más de dos penas, aunque estas sumen menos de dos años.
  • Se modifica la ley N° 19.970, sobre Registro Nacional de ADN, haciendo obligatoria la toma de muestra genética también a condenados por delitos de robo con violencia y fuerza
  • Modificaciones al Código Procesal Penal:
  • Aumento de capacidades de investigación: permitir a policías examinar vestimentas en casos de detención; posibilidad de perseguir la responsabilidad disciplinaria para el fiscal o abogado asistente que no concurra a la primera audiencia de detención; consideración a las órdenes de detención anteriores pendientes para efectos de conceder prisión preventiva; posibilidad de acceso a lugares cerrados para impedir que se destruyan medios de prueba o instrumentos de delitos, permite incautar evidencia en caso de delitos flagrantes que no tengan relación con el delito actualmente perseguido, entre otras.
  • Restringe el principio de oportunidad imposibilitando su aplicación respecto de quienes se hubiere aplicado otro principio de oportunidad, hubieren sido condenados anteriormente o beneficiado con una suspensión condicional, todo ello dentro de los tres años anteriores al nuevo hecho denunciado.

 

  • Modificaciones a otros cuerpos legales:
  • Modifica los procedimientos ante Juzgados de Policía Local, restringiendo el trámite de notificaciones efectuadas por Carabineros sólo a la primera actuación del juicio.
  • Se modifican las penas por delitos graves de lesiones y mutilaciones a Carabineros,funcionarios de la Policía de Investigaciones y Gendarmería de Chile cometidos en ejercicio de sus funciones y se establece, en el caso de apelación de la prisión preventiva o de la ilegalidad de la detención en estos delitos, que no se permitirán la puesta en libertad de los imputados mientras no se resuelva por la Corte de Apelaciones dicha medida.

 

 

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