Usted está visualizando el sitio antiguo de la Gobernación Provincial de Osorno actualizado hasta el 14 de julio del 2021. Para acceder al nuevo sitio institucional debe ingresar en este link

Menú Principal
22 de mayo de 2014

DECRETAN PRE EMERGENCIA AMBIENTAL PARA OSORNO

La Secretaría Regional Ministerial de Salud decretó la tarde de este jueves la resolución de pre emergencia ambiental para la comuna de Osorno, debido a los altos índices de concentración de material particulado PM 2,5 y los riesgos asociados a la salud de la población, especialmente los grupos más vulnerables como adultos mayores, niños y embarazadas.
La medida, decretada por el Comité Técnico de Alerta Sanitaria Ambiental, presidido por diversas instituciones y el Intendente Regional, rige para los días viernes 23 y sábado 24 de mayo en la comuna de Osorno, tras el análisis realizado tanto con los datos de la estación de monitoreo El Alba como con los resultados de la dirección meteorológica de la región, que indican presencia de alta presión, bajas temperaturas y ausencia de precipitaciones.
De acuerdo a lo informado por la seremi de Salud, Eugenia Schnake, se establecen una serie de medidas que buscan “recuperar la calidad del aire en Osorno y sobre todo proteger la salud de los más vulnerables, pues lo hemos dicho, el material particulado afecta la salud respiratoria y cardiovascular de niños y adultos mayores”, expresó.   
Qué dice la resolución
La pre emergencia se aplica tras constatarse que el material particulado PM 2,5 supera la normativa de 110 ug/m3 (microgramos por metro cúbico).  
Las medidas a aplicar en Pre Emergencia Ambiental son:
–       Prohibición de funcionamiento de todos tipo de quemas dentro del radio urbano (medida aplicada a toda la ciudad)
–       Prohibición de funcionamiento de chimeneas de hogar abierto dentro del radio urbano (medida aplicada en toda la ciudad)
–       Prohibición de funcionamiento de fuentes fijas industriales que usen como combustible leña y carbón, dentro del radio urbano entre las 18.00 y las 24.00 hrs. (medida aplicada a toda la ciudad). 
–       Prohibición de funcionamiento de fuentes fijas comerciales y de edificios comunitarios que utilicen como combustible leña, entre las 18.00 y 24.00 hrs, en el perímetro definido. 
–       Se exceptúan de la prohibición del perímetro definido por la Seremi de Salud los establecimientos asistenciales, educacionales y de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).   
Además, se establece la prohibición de actividades deportivas masivas, las actividades físicas que se realicen en las clases de educación física en establecimientos educacionales y actividades físicas al aire libre. También se recomienda el uso de mascarillas a pacientes crónicos, adultos mayores, niños y mujeres embarazadas.  
 Perímetro definido
El perímetro de aplicación para las medidas comprende:
Norte: Camino Pilauco, Volcán Yates, Alcalde Arturo Bertín, todo el borde del Río Damas hasta calle Portales.
Poniente: Desde calle Portales, calle Bulnes, Bernardo Ohiggins, final de calle M.A Matta, Lord Cochrane, Pilmaiquén, Guillermo Buhler, San Jorge hasta límite urbano.
Sur: Desde límite urbano calle Guillermo Buhler en línea recta hacia el oriente hasta Panamericana Sur.
Oriente: Panamericana Sur.
Cabe señalar que la resolución establece un criterio de equidad que tiene relación con que se exceptúan algunos sectores que están insertos en el perímetro y que poseen mayor vulnerabilidad social, en ese sentido las poblaciones Huertos Obreros, Ramírez, Olaguer y Manuel Rodríguez no serán consideradas para aplicar las medidas de prohibición, tanto el situación de pre emergencia como emergencia ambiental, al no disponer de alternativas de recambio para sus fuentes de calefacción.